Conoce los principales cambios en las reglas generales de comercio exterior para 2020 (RGCE 2020)

No pierdas de vista los siguientes cambios

Para conocer un poco más de este cambio, recordaremos que aún teníamos vigentes las RGCE 2019 las cuales fueron publicadas el 24 de junio de 2019 y sus posteriores publicaciones correspondientes a sus anexos.

El 30 de junio de 2020 en la edición matutina del DOF se publicaron las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, también se publicaron los Anexos 1, 2 y 22 correspondientes a las mismas reglas.

A continuación, te presentamos las tablas con las principales modificaciones:

Principales cambios de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2019-2020

Regla - 2019

Regla - 2020

Movimiento

1.1.3.

Derogada

Se deroga la regla 1.1.3. Identificaciones oficiales y comprobantes de domicilio

1.1.4.

1.1.3.

Reubicación de la regla general

1.1.5.

1.1.4.

Reubicación de la regla general

1.1.6.

1.1.5.

Reubicación de la regla general

1.1.7.

1.1.6.

Reubicación de la regla general

1.1.8.

1.1.7.

Reubicación de la regla general

1.1.9.

1.1.8.

Reubicación de la regla general

1.1.10.

1.1.9.

Reubicación de la regla general

1.1.11.

1.1.10.

Reubicación de la regla general

1.4.4.

Derogada

Se deroga la regla 1.4.4. Autorización de mandatario para el agente aduanal que obtenga su patente por sustitución

1.4.5.

Derogada

Se deroga la regla 1.4.5. Revocación de la autorización a mandatarios de agentes aduanales

1.4.6.

1.4.4.

Reubicación de la regla general

1.4.7.

1.4.5.

Reubicación de la regla general

1.4.8.

1.4.6.

Reubicación de la regla general

1.4.9.

1.4.7.

Reubicación de la regla general

1.4.10.

1.4.8.

Reubicación de la regla general

1.4.11.

1.4.9.

Reubicación de la regla general

1.4.12.

1.4.10.

Reubicación de la regla general

1.4.13.

1.4.11.

Reubicación de la regla general

1.4.14.

Transitorio Décimo Sexto

Décimo Sexto. Lo dispuesto en la regla 1.4.14., segundo párrafo de las RGCE para 2019, publicadas en el DOF el 24 de junio de 2019 y sus posteriores modificaciones, seguirá siendo aplicable en 2020, en relación con la regla 1.12.5. de las RGCE para 2020, a los agentes aduanales que hubieren presentado su renuncia expresa a continuar con el trámite previsto en la regla 1.4.13. de las RGCE para 2019 y sus posteriores modificaciones; y sólo tendrá derecho a que se le otorgue la patente de agente aduanal quien haya obtenido los mejores resultados en las evaluaciones.

1.4.15.

1.4.12.

Reubicación de la regla general

1.4.16.

1.4.13.

Reubicación de la regla general

 

1.4.14.(Adición)

Se adiciona la regla 1.4.14. Aviso de incorporación de agente aduanal sustituto a sociedades previamente constituidas por los agentes aduanales que sustituyen

1.12.1.

1.12.10.

Reubicación de la regla general

1.12.2.

1.12.11.

Reubicación de la regla general

1.12.3.

Se deroga

Se deroga la regla 1.12.3. Aviso de fallecimiento de Agente Aduanal por parte de la Agencia Aduanal

1.12.4.

1.12.14

Reubicación de la regla general

1.12.5.

1.12.1.

Reubicación de la regla general

1.12.6.

1.12.8.

Reubicación de la regla general

1.12.7.

1.12.9.

Reubicación de la regla general

1.12.8.

1.12.4.

Reubicación de la regla general

1.12.9.

1.12.12.

Reubicación de la regla general

1.12.10.

1.12.13.

Reubicación de la regla general

 

1.12.2.(Adición)

Se adiciona la regla 1.12.2. Incorporación de agentes aduanales a una agencia aduanal

 

1.12.3.(Adición)

Se adiciona la regla 1.12.3. Activación de las operaciones de una agencia aduanal

 

1.12.5.(Adición)

Se adiciona la regla 1.12.5. Designación de aspirante de agente aduanal, en agencia aduanal en trámite

 

1.12.6.(Adición)

Se adiciona 1.12.6. Desincorporación de agente aduanal de una agencia aduanal y reactivación de su patente

 

1.12.7.(Adición)

Se adiciona la regla 1.12.7. Definiciones para los efectos del artículo 167-D

 

1.12.15.(Adición)

Se adiciona la regla 1.12.15. Cumplimiento de obligaciones de la agencia aduanal

 

3.3.20.(Adición)

Se adiciona la regla 3.3.20. Importación de mercancías donadas a favor de las Secretarías de Salud; de la Defensa Nacional, y de Marina; del Instituto de Salud para el Bienestar; del Instituto Mexicano del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

 

3.7.34.(Adición)

Se adiciona la regla 3.7.34. Procedimiento simplificado para importaciones realizadas por las Secretarías de Salud; de la Defensa Nacional, y de Marina; del Instituto de Salud para el Bienestar; del Instituto Mexicano del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

 

Principales cambios en glosario de acrónimos y definiciones RGCE 2020

SE ADICIONAN

Clave

Descripción

25

INDEP. Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.

77

T-MEC. Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá.

20

Escrito libre. Aquél que reúne los requisitos establecidos por los artículos 18 y 18-A del CFF, según corresponda y observa lo dispuesto en el artículo 19 del citado ordenamiento.

SE ELIMINAN

Clave

Descripción

19

e.firma. Firma Electrónica Avanzada (Obtenida conforme a lo establecido en la ficha 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma” que forma parte del  Anexo 1-A de la RMF).

50

SAE. Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.

73

TLCAN. Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

20

Franja Fronteriza Norte. Territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del Estado de Sonora y el Golfo de México, así como el municipio fronterizo de Cananea, Sonora.

25

Pago a través del esquema electrónico e5cinco. “Pago de Derechos, Productos y Aprovechamientos” (DPA´s), el cual se podrá realizar en las instituciones de crédito autorizadas, a través de sus portales de internet o de sus ventanillas bancarias.

SE MODIFICA

Clave

Descripción

35

Resolución del TLCAN. Resolución por la que se establecen las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, publicada en el DOF el 15 de septiembre de 1995 y sus posteriores modificaciones.

POR

35

Resolución del T-MEC. Resolución que establece las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del T-MEC y sus Anexos.

 

Principales cambios en ANEXOS de las RGCE 2020

ANEXO

MODIFICACION

ANEXO 1

Se adiciona * Formato electrónico: Trámites del RFC/Importadores y Exportadores/Actualiza tus encargos conferidos ACOP / ADSC Portal del SAT en formato B16

 

Se elimina B19. Aviso electrónico de operaciones (Regla 1.8.2.). ACIA Portal del SAT

 

Se adiciona * Formato electrónico: Trámites/RFC/ImportadoresySectoresEspecíficos/ActualizacióndeEncargosConferidos ACOP / ADSC Portal del SAT en formato B24.

 

Se adiciona Identificaciones oficiales y comprobantes de domicilio antes regla 1.1.3.

ANEXO 12

Se adicionan las fracciones arancelarias 1701.91.02, 1701.91.03, 1702.90.01 y aplicarán hasta la entrada en vigor del Decreto que la SE publique en el DOF, para dar a conocer a los operadores y autoridades aduaneras las tasas arancelarias preferenciales y los mecanismos que regirán la importación de las mercancías originarias de América del Norte a partir de la fecha de entrada en vigor del T-MEC. (Transitorio Décimo séptimo)

ANEXO 22

Se adiciona el término de "agencia aduanal" al instructivo

 

Se agregó al contenido del numeral 39. DEPÓSITO REFERENCIADO… lo siguiente: Cuando no existan importes a pagar en efectivo, deberá contener la leyenda “NO APLICA-SIN PAGO EN EFECTIVO”.

 

Se actualiza el artículo 303 del TLCAN por: el artículo 2.5 del T-MEC

APENDICE 2

Se agrega el supuesto del ARTICULO 106, FRACCION III, INCISO F DE LA LEY ADUANERA (INVESTIGACIÓN) a la clave de pedimento BC.

 

En la clave de pedimento CT (PEDIMENTO COMPLEMENTARIO) se actualiza:  303 del TLCAN por: 2.5 del T-MEC.

APENDICE 8

En Identificador DT (PEDIMENTO COMPLEMENTARIO) se actualiza:  303 del TLCAN por: 2.5 del T-MEC.

 

Se modifica el identificador "ES" para agregar el T-MEC.

 

Se actualiza el identificador PR dice: regla 16.4. del TLCAN por: regla 21. de la Resolución del T-MEC.

 

Se agrega el termino Agencia Aduanal al identificadores "PV", "RC" y "AA".

 

Se actualiza el identificador ST dice: ART. 303 DEL TLCAN por: ARTÍCULO 2.5 DEL T-MEC

 

Se Adiciona el identificador TA (Régimen de transición alternativo.)

APENDICE 12

Se actualizan las claves 12 y 13 dice: ART. 303 DEL TLCAN por: ARTÍCULO 2.5 DEL T-MEC

 

Si bien estos no son todos los cambios, son de los más relevantes en la actualización de las Reglas Generales de Comercio Exterior y sus anexos.

Las RGCE 2020 Entraron en vigor el 01 de julio de 2020 (Transitorio primero), Se recomienda leer los transitorios consecutivos para conocer los diferentes supuestos y las entradas en vigor.

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