Permiso automático previo para las exportaciones de diversas mercancías de acero

¿Cuándo se publicó?

El pasado viernes 28 de agosto de 2020 fue publicado en la edición vespertina del DOF el ACUERDO por el que se sujeta a permiso automático previo las exportaciones de diversas mercancías de acero.

Objetivo

El Acuerdo tiene por objeto establecer un esquema de permiso automático previo de exportación para algunas mercancías específicas de acero con la finalidad de evitar que la exportación de acero diferente al mexicano se haga pasar como nacional.

Es importante mencionar que este acuerdo incluye 9 fracciones arancelarias del capítulo 72 Fundición, hierro y acero y 54 fracciones del capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero.

¿Por qué no hubo publicación en el portal de la CONAMER?

El Acuerdo menciona lo siguiente:

“En cumplimento a lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018, esta unidad administrativa, da cumplimiento a la acción de simplificación de modificar, abrogar o derogar obligaciones regulatorias tendiente a reducir costo de cumplimiento en un monto igual o mayor a las nuevas obligaciones, se manifiesta que por lo que respecta al proyecto que se propone, se compromete a abrogar el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar productos originarios y provenientes de la República Argentina, de conformidad al Decimoquinto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica No. 6 y el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos y el mecanismo de asignación para importar productos originarios y provenientes de la República de Cuba.”

¿Cuándo entra en vigor?

El Acuerdo entrará en vigor a los cinco días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2021, excepto para productos semiterminados en cuyo caso concluirá el 31 de diciembre de 2020.

Recomendaciones

Si bien esta medida pretende monitorear la trazabilidad de estas operaciones, los operadores que realizan operaciones de exportación de estas mercancías deberán considerar el agregar a sus procedimientos la solicitud de estos permisos automáticos previos, para los cuales deberá cumplir con los procedimientos, criterios y requisitos que menciona el acuerdo.

¿Cómo podemos ayudarte?

En R&V Consultores tenemos herramientas tecnológicas como SCAN (Sistema de Consulta de Aranceles y Normatividad) que te ayudarán a verificar si tu fracción se encuentra en este acuerdo y a cumplir con las demás regulaciones y restricciones, puedes obtener un periodo de 10 días gratuitos registrándote en el siguiente link: https://scan.ryvconsultores.mx/landing

Si te interesa conocer más de alguno de nuestros servicios no dudes en enviarnos un correo a la dirección info@ryvconsultores.mx o comunicándote al número (656) 836 4785.