Nueva modificación a las reglas y criterios de la Secretaría de Economía (RCCGMCE).

El pasado 05 de marzo de 2021 fue publicado el ACUERDO que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, en esta modificación se adicionó el Capítulo 2.7 Registros, reglas 2.7.1 y 2.7.2, al TÍTULO 2 y la denominación del citado capítulo al ÍNDICE, así como las fracciones XX, XLIX y L, recorriendo a las demás en su orden, a la regla 1.2.1.

Lo que resalta de estas modificaciones fue la inclusión de las siguientes definiciones:

XX. Empresa de la Región, a las personas físicas o morales dedicadas a la comercialización de alimentos y abarrotes; tiendas de autoservicio; comercialización de ropa, bisutería y accesorios de vestir; comercialización de productos farmacéuticos, lentes y artículos ortopédicos; comercialización de maquinaria y equipo; comercialización de materiales para la construcción; restaurantes y otros establecimientos de preparación de alimentos y bebidas; hotelería, moteles y otros servicios de alojamiento temporal; servicios educativos; servicios médicos y hospitalarios; servicios de esparcimiento culturales y deportivos, así como recreativos; servicios de reparación y mantenimiento de automóviles; alquiler de bienes inmuebles, maquinaria y equipo; según la clasificación del Catálogo de Actividades Económicas que da a conocer el SAT mediante reglas de carácter general, que se ubiquen y comercialicen bienes o servicios en la Región Fronteriza de Chetumal, que cuenten con el registro vigente expedido por la Secretaría;

XLIX. Registro como Empresa de la Frontera, al Registro que otorga la Secretaría de Economía de conformidad con el Artículo 4 del Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2008 y sus posteriores modificaciones;

L. Registro como Empresa de la Región, al Registro que otorga la Secretaría de Economía de conformidad con el Artículo Cuarto del Decreto de la zona libre de Chetumal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2020;

Adicionalmente es importante mencionar que la secretaría adicionó el capitulo 2.7 para dar claridad al procedimiento de registro de empresa de la frontera y empresa de la región.

Estos cambios entraron en vigor un día después de su publicación (ÚNICO Transitorio), es decir el día 08 de marzo de 2021.

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