Vacunas contra el COVID-19 exentas del pago de impuestos generales de importación.

El día de hoy 22 de febrero de 2021 fue publicado en la edición matutina del DOF el DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el cual actualiza la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020 y su posterior modificación.

Esto con el objetivo de crear las fracciones arancelarias que identifican las siguientes mercancías:

DIGO

DESCRIPCIÓN

UNIDAD

CUOTA

(ARANCEL)

IMPUESTO

DE IMP.

(%)

IMPUESTO

DE EXP.

(%)

3002.20.10

Vacuna contra el virus SARS-CoV-2.

Kg

5

Ex.

7613.00.02

Tanques para oxígeno de uso medicinal.

Pza

10

Ex.

7613.00.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

Artículo Primero del Decreto

También se suprime la siguiente fracción:

ÓDIGO

DESCRIPCIÓN

UNIDAD

CUOTA

(ARANCEL)

IMPUESTO

DE IMP.

%

IMPUESTO

DE EXP.

%

7613.00.01

SUPRIMIDA

 

 

 

Artículo Segundo del Decreto

Antes decía:

ÓDIGO

DESCRIPCIÓN

UNIDAD

CUOTA

(ARANCEL)

IMPUESTO

DE IMP.

%

IMPUESTO

DE EXP.

%

7613.00.01

Recipientes para gas comprimido o licuado, de aluminio.

Pza

10

Ex.

 

Y por último modificar los aranceles de las siguientes fracciones:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

UNIDAD

CUOTA

(ARANCEL)

IMPUESTO

DE IMP.

%

IMPUESTO

DE EXP.

%

3002.20.10

Vacuna contra el virus SARS-CoV-2.

Kg

Ex.

Ex.

7613.00.02

Tanques para oxígeno de uso medicinal.

Pza

Ex.

Ex.

Artículo Tercero del Decreto

 

TRANSITORIOS

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Lo establecido en el Artículo Tercero estará vigente hasta la entrada en vigor del instrumento publicado en el Diario Oficial de la Federación, por el que las autoridades sanitarias determinen que la situación de contingencia derivada de la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) ha finalizado en nuestro país.

No obstante, lo antes mencionado aún falta la publicación oficial del acuerdo que modifique los NICOS para que esta actualización pueda aplicar en las operaciones de comercio exterior.

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